El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada por mayoría la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que permite a la presidenta de la República, Dina Boluarte, gobernar de manera remota cuando abandona el territorio nacional
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El órgano jurisdiccional señaló en la sentencia que la ley impugnada “se ha limitado a habilitar la posibilidad de que, cuando el presidente viaje al exterior, autorizado por el Congreso y no cuente con vicepresidente” mantenga en ese supuesto excepcional “la gestión de despacho presidencial”.
En ese sentido, detalla que en los últimos años, gracias al desarrollo de tecnologías, se han diseñado plataformas telemáticas específicamente para la interacción remota de los participantes que acceden a una sala virtual “en la que se puede debatir, compartir reflexiones y documentos”.