Si te encuentras afiliado al régimen del Decreto Ley N° 18846 (Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) y has sufrido una enfermedad profesional o una discapacidad debido a un accidente laboral, puedes solicitar una renta vitalicia o una indemnización, dependiendo de tu situación particular. Esto aplica siempre y cuando no hayas estado asegurado al SCTR (Ley N° 26790). A continuación todos los detalles.
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Requisitos para solicitar Renta Vitalicia e Indemnización D.L. N° 18846
Este beneficio está dirigido a trabajadores y trabajadoras afiliados al régimen del D.L. N° 18846 (SATEP) que hayan sido obreros y hayan adquirido una discapacidad hasta el 18 de mayo de 1998. Las condiciones son las siguientes:
- Para aquellos trabajadores con una discapacidad igual o superior al 41 % causada por su labor, podrán optar por una renta vitalicia mensual.
- Para aquellos con una discapacidad inferior al 40 % causada por su trabajo, podrán optar por una indemnización única.
En caso de enfermedad profesional:
- Solicitud según el formato proporcionado por la ONP, incluyendo una declaración jurada de autenticidad de documentos.
- Copia simple del documento de identidad (DNI, Carnet de extranjería o Pasaporte).
- Copia simple del documento que certifique tu condición de trabajador.
- Copia simple del Certificado Médico de Discapacidad emitido por EsSalud, establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud.
En caso de accidente laboral:
- Solicitud según el formato proporcionado por la ONP, incluyendo una declaración jurada de autenticidad de documentos.
- Copia simple del documento de identidad (DNI, Carnet de extranjería o Pasaporte).
- Copia simple del documento que certifique tu condición de trabajador.
- Copia simple del Certificado Médico de Discapacidad emitido por EsSalud, establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud.
- Copia simple del aviso de accidente firmado y sellado por el empleador, o en su defecto, un informe de los servicios inspectivos del ex – IPSS o EsSalud.
Antes de comenzar, ten en cuenta:
Completa tus datos en el formulario para solicitar atención virtual. Un asesor se pondrá en contacto contigo para brindarte orientación sobre cómo presentar tu solicitud, ya sea por llamada telefónica o correo electrónico. Si es necesario, enviarás tus documentos por correo electrónico.
En un plazo máximo de 90 días calendario se te informará sobre el resultado mediante una resolución, la cual llegará a tu correo electrónico o a tu domicilio. Si la respuesta demora más tiempo, se te otorgará una pensión provisional hasta que se emita la resolución final.
Link para solicitar la Renta Vitalicia e Indemnización D.L. N° 18846
- Ingresa a https://www.onp.gob.pe/paginas/otrasolicitud.aspx
- Escribe tu nombre y apellidos.
- Digita tu número de DNI.
- Escribe tu correo electrónico.
- Completa otros datos personales.
- Clic en enviar.