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CTS: Todo lo que debe saber sobre el retiro de este fondo
abril 2, 2020
Autor: Victor Palacios

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El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció en un mensaje a la nación que los trabajadores dependientes podrán retirar hasta S/2.400 de su fondo de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)

 

Los trabajadores deberán contactar al banco, caja o financiera donde estén sus CTS y pedir que se liberen los fondos. Algunas de estas empresas permitirán retirar el dinero en el cajero o de manera virtual en la aplicación respectiva, mientras que en otros casos habrá que acercarse a las agencias.

Las entidades financieras que ya anunciaron que es posible realizar el retiro de fondos en sus agencias son:

 

  • BCP
  • BBVA
  • Scotiabank
  • Interbank
  • Financiera Confianza
  • Banco Pichincha
  • Banco Falabella
  • BanBif
  • Caja Sullana.

 

¿Hasta cuándo se puede retirar la CTS?

Desde el sábado 28 de marzo diversas entidades bancarias liberaron la CTS para que puedan enfrentar la crisis sanitaria durante el estado de emergencia. Esto se podrá realizar hasta el 12 de abril, fecha en que finalizaría el aislamiento obligatorio.

 

¿Cómo puedo ver mi estado de cuenta de CTS?

Las CTS de los diferentes trabajadores que califiquen en lo establecido por el Gobierno, podrán acceder al retiro del monto no máximo a S/2400 en la agencia bancaria por donde se les deposita su sueldo.

 

¿Quiénes tienen CTS?

  • Tienen derecho del CTS, los trabajadores subordinados de una actividad privada (con contrato indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores), que cumplan en promedio una jornada mínima diaria de 4 horas.
  • Los trabajadores de las pequeñas empresas recibirán 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios.
  • Los trabajadores del hogar recibirán 15 jornales por año.
  • Los trabajadores de Construcción Civil perciben 15 % del total de sueldos básicos percibidos durante la prestación de servicios.
  • Los trabajadores agrarios reciben la CTS incluida en su remuneración mensual.

 

¿Qué es la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un ahorro forzado dispuesto en la legislación laboral del Perú, que tiene por objetivo ser un fondo de contingencia ante la falta de empleo.

 

Diferencia entre CTS y AFP

En principio, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es una cuenta especial que la empresa crea para cada trabajador en planilla, la cual podrá cobrar en el momento que termine su vínculo laboral. Este monto se calcula en función al tiempo que el trabajador lleva laborando y se deposita dos veces al año: en mayo y en noviembre.

 

La AFP, por otro lado, es un fondo previsional al que todo trabajador en planilla o independiente aporta previa afiliación. A diferencia de la CTS, la empresa aporta mensualmente un porcentaje del sueldo bruto del trabajador, mientras dure su vínculo.

 

 

 

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Victor Palacios
Editor web de El Tiempo y La Hora. Periodista y fundador del equipo digital del diario El Tiempo. Comunicador con experiencia en Marketing Digital, Data Analyst, SEO, Web Design, Email Marketing e Ecommerce.
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