Las compañías que deseen acceder al procedimiento de devolución del IGV para turistas extranjeros deberán inscribirse en el Registro de Establecimientos Autorizados (REA) a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), trámite que pueden realizar con su clave SOL desde la página web de la entidad.
Las empresas podrán inscribirse y ser considerados Establecimientos Autorizados (EA) para la venta de sus bienes como textiles, calzados y joyerías a turistas extranjeros y que estos puedan solicitar la devolución del IGV al retornar a su país.
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Cabe resaltar que este beneficio se encontrará vigente siempre y cuando hayan estado en Perú por un periodo no menor a dos días calendario ni mayor a 60.
Las empresas inscritas en el REA deben estar afiliadas a la Entidad Colaboradora (EC), que será la encargada del abono del reembolso del IGV.