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Retiro de AFP: Cómo será el nuevo desembolso
mayo 6, 2022
Autor: Redacción El Tiempo

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El 4 de mayo 2022 el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley por 107 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones. El documento había sido aprobado el pasado el 12 de abril por la comisión de Economía del Legislativo con el objetivo de paliar la crisis económica por la pandemia del COVID-19, así como el alza de precios de los combustibles y productos de primera necesidad por la guerra entre Rusia y Ucrania.

¿CÓMO SE PODRÍA REALIZAR EL SEXTO RETIRO DE LOS FONDOS DE LA AFP?

De convertirse en ley la propuesta de la comisión de Economía del Congreso, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá un plazo de hasta 15 días para establecer el procedimiento técnico para el sexto retiro, que de acuerdo con la propuesta tendría el mismo esquema que los anteriores retiros:

  • Primera parte: 1 UIT (S/4,600) 30 días después de computada la solicitud.
  • Segunda parte: 1 UIT (S/4,600)30 días después de la entrega del primer monto.
  • Tercera parte: 2 UIT (S/9,200) 30 días después de la segunda entrega.

¿QUÉ PASA SI HICE LA SOLICITUD, PERO YA NO QUIERO SACAR EL DINERO DE LA AFP?

En el caso de que el afiliado decida dejar de retirar sus fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo a la AFP hasta 10 días calendarios antes del desembolso.Además, el retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual o de cualquier afectación, sea por orden judicial o administrativa.

¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER AL SEXTO RETIRO DE LAS AFP?

De acuerdo con el dictamen de la comisión de Economía, todos los afiliados a las AFP, que no estén edad de jubilación, podrán realizar el retiro de los fondos. La propuesta también excluye a los que retiraron hasta 95.5% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) y los afiliados acogidos al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja).

¿QUÉ TRÁMITE SIGUE PARA QUE SE APRUEBE EL SEXTO RETIRO DE FONDOS DE LAS AFP?

Una vez aprobada, la autógrafa de ley aprobada debe ser enviada al Presidente de la República para su promulgación dentro del plazo de 15 días útiles. Si no tiene observaciones, el Presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación en el diario Oficial El Peruano.
En el caso el presidente presente alguna observación a la proposición aprobada por el Congreso, tiene 15 días para presentadas al Legislativo. Si vencido el plazo de 15 días, el mandatario no promulga la proposición de ley enviada, la promulga la presidencia del Congreso.

El sexto retiro de los aportes a las AFP, se convertiría en una ley desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período de vacatio legis en todo o en parte.


Puedes leer: Retiro CTS 2022: Congreso aprueba disponer del 100% hasta el 31 de diciembre del 2023


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Redacción El Tiempo
Redacción El Tiempo. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario El Tiempo. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Piura, el Perú y el mundo.
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