- Según especialistas se podría hacer explícita la prohibición que ya existe en la Constitución.
- Organismo no tendría sentido jurídico cuando existe un parlamento elegido por el voto popular.
El cambio total de la Constitución a través de la convocatoria de una Asamblea Constituyente no existe en las leyes del país.
Perú Libre es consciente de esto, pero igual quiere seguir adelante y llamar al pueblo a un referéndum para que se vote a favor y darle validez a su idea.
Si reúnen 75.800 firmas (el 0.3% del padrón electoral) la propuesta va al Parlamento para su discusión, pero si consiguen 2 millones y medio (10% del padrón), se hace la consulta a la población sobre la medida.
Frente a este plan, el abogado Enrique Ghersi, propuso el mismo mecanismo, pero con otro objetivo.
Se trata de prohibir de forma expresa que se use esta vía inexistente para el cambio de la Ley de Leyes.
Sí es posible
Para el abogado constitucionalista de la UDEP, Luis Castillo Córdova, la propuesta sí es viable y sería un freno para las normas que se crean después de un golpe de Estado.
“Sí es posible presentar una propuesta de reforma constitucional para que la evalúe el Congreso y pueda reformar en el sentido previsto […] de prohibir las asambleas”, indicó.
El especialista recordó que este tipo de organismos nacen después de un golpe de Estado.
“Cuando hay un golpe de Estado no hay Congreso y entonces su lugar lo ocupa una Asamblea Constituyente. La última ocurrió luego del golpe de Estado que dio Alberto Fujimori […] La prohibición para que la reforma de la Constitución provenga de una asamblea es una propuesta que tiene el mensaje de “no vamos a permitir golpes de Estado”, resaltó el abogado.
En esa línea, sostiene, se ratificaría el precepto de que una Constitución solo nace de un órgano institucionalizado en un régimen democrático.
“[Convocar a] una Asamblea Constituyente en un régimen democrático y no en un gobierno de facto, no tiene sentido porque este organismo tendría representantes del pueblo, tal y como son los congresistas. No tiene sentido que coexistan Congreso y Asamblea Constituyente”, comentó Castillo.
No tiene sentido
El experto en derecho constitucional recalcó que en el marco jurídico del país no hay otra forma de reformar la Carta Magna que no sea a través del Parlamento.
“Tal como está la Constitución, el Congreso es el único que puede reformarla. Para conseguir que la asamblea se convoque y pueda darnos una nueva Constitución, tiene que estar previsto en la norma. Como no lo está, hoy no es posible”, reafirmó.
Está implícito
Para el exasesor legal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Virgilio Hurtado, la propuesta de Ghersi sí es válida y se puede aplicar.
“La propuesta de Ghersi es tácita porque esta Constitución solo le otorga al Congreso, que hemos elegido, las facultades para que pueda modificar total o parcialmente la Constitución. Veo más complejo crear una asamblea que la propuesta de Ghersi. Es mas, la propuesta de Ghersi ni siquiera debería someterse a consulta porque ya está implícita en la norma”, indicó.
Resaltó que el artículo 206 de la norma, establece que cualquier Congreso ordinario puede cambiar la Constitución.
“No existe la Asamblea Constituyente”, resaltó el abogado.
Cambios
Para el especialista, la Ley de Leyes sí se puede modificar de acuerdo a la nueva realidad que viva un país.
“Las constituciones tienen que ser flexibles porque tienen que adecuarse a las distintas circunstancias por las que el país transita”, indicó.
De la misma idea es el abogado y autor de la propuesta del segundo referéndum, Enrique Ghersi Silva.
Desde su punto de vista, el capítulo político es un desastre y debe cambiarse.
“Desde el 2016 estamos metidos en problemas por el mal diseño del régimen político del país. Está el problema del voto de investidura, el de confianza, de censura y la vacancia presidencial. Todo eso tiene que reformarse, pero tienen que hacerse de acuerdo a las reglas. Si rompemos las reglas para cambiar, no hay reglas pues”, dijo el especialista.