No tramitar la licencia municipal acarrea una multa del 10% de una UIT (440 soles).
Con el voto a favor de 12 regidores y la abstención de los concejales Keny Chero Chero y Dandy Pintado Morales, el pleno del concejo aprobó la modificación de la Ordenanza Municipal 276-00 por el cual se aprueba la licencia para la tenencia y circulación de mascotas en la ciudad de Piura.
A través de esta modificación, se establece que todo propietario de una mascota, debe tramitar su licencia municipal de tenencia y circulación de canes y felinos domésticos, la cual permitirá identificar y tener un registro de este tipo de mascotas que se encuentran en el distrito de Piura.
Para ello el dueño de una mascota debe presentar una solicitud y declaración jurada, una foto del can o gato, y copia simple de la tarjeta de vacunación sellada y firmada.
En tanto, quedan prohibidas la organización de peleas de canes domésticos en lugares públicos o privados, así como el adiestramiento de canes domésticos dirigido a acrecentar su agresividad, abandonar a este tipo de animales en la vía pública o su venta en la vía pública de manera informal. Además, queda prohibido cualquier acto de crueldad contra ellos.
Sanciones a mascotas sin licencia
Esta normativa contempla sanciones para quienes no cumplan con las disposiciones municipales:
- No tramitar la licencia municipal acarrea una multa del 10% de una UIT (440 soles).
- No mostrar el permiso municipal supone una multa similar.
- Conducir al can sin correa en espacios públicos también implicará una multa de 440 soles.
- No recoger las deposiciones de los animales en espacios públicos también hace acreedor al propietario una multa de 440 soles.
- Aplicar trato cruel al animal ocasionando lesión o muerte, significa una sanción de una UIT (4 mil 400 soles).