Regresan al nivel alto. El Gobierno dispone que el toque de queda sea de 11 p. m. a 4 a. m. en Piura, Sullana, Sechura y Talara por aumento de casos de COVID-19. Morropón, Ayabaca y Huancabamba siguen en moderado.
La medida inicia desde el 29 de noviembre hasta el 12 de diciembre, según el decreto supremo n.° 174-2021-PCM, donde también se incluye a Chepén, Concepción, Huamanga, Santa, Huancavelica y Virú.
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Toque de queda
Durante la inmovilización social obligatoria, puede salir el personal de de salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad.
Además, quienes trabajen en supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local.
Asimismo, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos.
En tanto, los servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales.
Multas
Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas y demás normas emitidas, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado,
Sin perjuicio de ello, las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad y estén debidamente registradas en los padrones de los programas sociales, así como, de los subsidios monetarios, entre otros, seguirán siendo beneficiarias de cualquier programa estatal de apoyo económico, incentivos, alimentario y sanitario, recibiendo las prestaciones que les corresponda.
Viajes
Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más que arriben al Perú, independientemente del país de procedencia, deben acreditar su esquema de vacunación contra la COVID-19 completa, catorce días antes.
Sin embargo, también pueden pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen.
Doble mascarilla
Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.
Aforo en nivel alto
– Actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 40%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 40%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
- Eventos empresariales y profesionales: 50%
- Peluquería y Barberia: 50%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos: 0%
- Gimnasios: 40%
– Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Baños termales al aire libre
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos: 0%