El Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) informó este martes, a través de su cuenta en Twitter, que el Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Ancón II decidió no otorgar la libertad por redención de la pena por trabajo y educación al interno Antauro Humala Tasso.
En noviembre del 2021, la defensa legal del líder etnocacerista presentaron al Inpe la solicitud de libertad por el cumplimiento de la pena por redención del trabajo y estudio.
Antauro Humala fue sentenciado en 2009 a 25 años de reclusión por homicidio, secuestro y rebelión por el llamado “Andahuaylazo”. En 2011, su pena se redujo a 19 años, tras una revisión del caso por parte de la Corte Suprema.
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En abril pasado, la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) declaró improcedente el pedido de indulto para Antauro Humala por no cumplir con los supuestos y condiciones para este beneficio.
En ese entonces, el Minjus detalló que no se cumplía con los supuestos ni las condiciones de un indulto común, señalado en el Decreto Supremo N° 004-2020- JUS.
Asimismo, se tomó en cuenta que Antauro Humala fue condenado por secuestro, delito que tiene prohibición legal, mediante una norma que establece la improcedencia del indulto y conmutación de la pena para los condenados por el referido delito.
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