Los 25 Colegios de Alto Rendimiento (COAR) del país ofrecen un total de 2685 vacantes a escolares de tercero de secundaria provenientes de colegios públicos en el Proceso Único de Admisión excepcional 2021, cuya inscripción se inició el 22 de febrero y finalizará el 14 de marzo.
Requisitos
Se consideran aptos para participar en el PUA, los estudiantes que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Haber cursado los dos primeros grados de educación secundaria en una institución educativa pública de Educación Básica Regular y encontrarse apto para iniciar el 3.er grado de secundaria en el año 2021.
- Haber ocupado uno de los 10 primeros puestos en 1.er grado de secundaria, o haber obtenido uno de los tres (3) primeros puestos (o la cantidad de puestos establecidos en las bases de los concursos) en alguno de los concursos educativos convocados o reconocidos por el Minedu, ya sea en la etapa local, regional, o nacional, en el 1.er o 2.° grado de secundaria.
- Tener nacionalidad peruana o, de ser de nacionalidad extranjera, contar con los documentos exigidos por la autoridad competente.
- Tener máximo quince años cumplidos, hasta el 31 de marzo del año 2021.
- Autorización escrita de los padres de familia, tutor legal o apoderado para postular.
¿Cómo postular?
Antes de proceder a la inscripción en la plataforma web del PUA, el responsable de dicho registro (padre o madre de familia, tutor legal o apoderado) debe asegurarse que el postulante cumpla con los requisitos establecidos en el prospecto de admisión 2021.
El proceso de inscripción comprende los siguientes pasos:
- El padre o madre de familia, tutor legal o apoderado del postulante ingresa a la plataforma del PUA a través de la página web de la red COAR y completa la ficha de inscripción.
- La plataforma http://admisioncoar.minedu.gob.pe/ valida si el postulante cumple con todos los requisitos de admisión. De ser así, emite la constancia de inscripción correspondiente.
- De lo contrario, el sistema indicará el incumplimiento de uno de los requisitos o las inconsistencias identificadas en la información brindada por el padre o madre de familia o apoderado del postulante según lo consignado en los registros administrativos. En este último caso, se indicará el proceso a seguir y el plazo establecido para la subsanación debida.