El Gobierno estableció un bono extraordinario de 210 soles a favor de los trabajadores formales del sector privado y público que reciben un sueldo menor a S/2 000.
La medida fue dispuesta a través del Decreto de Urgencia N ° 105-2021, publicado este domingo en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Para que los trabajadores del sector público y privado puedan recibir este subsidio deben cumplir con las condiciones previstas en el DU.
En el sector privado estos son los requisitos:
- Laborar y figurar registrado, debidamente con su DNI, en la planilla electrónica de un empleador en el sector privado en los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
- Percibir una remuneración bruta mensual mayor a cero y hasta 2,000 soles en el periodo que estuvo laborando.
- No pertenecer a las modalidades formativas laborales o ser pensionista.
El pago del bono inicia a finales del mes de diciembre y el cobro puede hacerse efectivo hasta el 31 de marzo de 2022.
¿Quiénes no recibirán el bono de 210 soles?
Se excluye los casos que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones:
- Registros con el código 2 “‘sin vínculo laboral con conceptos pendiente de liquidar» en los meses de julio, agosto o setiembre según Tabla Paramétrica n.° 15 “tipo de trabajador o pensionista». Asimismo, se eliminan los registros correspondientes a servicios por terceros.
- Trabajadores registrados bajo una modalidad formativa o como pensionistas por lo menos en uno de sus puestos de trabajo en los meses de julio, agosto o septiembre de 2021 en la planilla del sector privado.
- Trabajadores respecto de quienes se registra una remuneración bruta igual a S/ 0,00 (Cero y 00/100 soles) en cada uno de los meses en que ha sido registrado en planilla, independientemente del número de días que haya laborado en el mes.
Si el trabajador labora en más de un puesto de trabajo en los meses referidos, se considerará la remuneración bruta acumulada, es decir, la suma de la remuneración bruta percibida en cada uno de los puestos de trabajo registrados en la planilla del sector privado en cada mes. - Trabajadores que en alguno de los meses de julio, agosto o septiembre hayan recibido una remuneración bruta mayor a S/ 2 000 independientemente del número de días que haya laborado en el mes.
- Si el trabajador labora en más de un puesto de trabajo en los meses referidos, se considerará la remuneración bruta acumulada, es decir, la suma de la remuneración bruta percibida en cada uno de los puestos de trabajo registrados en la planilla en cada mes.
¿Cómo será el pago del bono de 210 soles?
- El MTPE remite a EsSalud el Padrón de trabajadores beneficiarios del bono de 210 soles, que contiene el número de Documento Nacional de Identidad del beneficiario.
- EsSalud determina los canales de pago. Para tal efecto gestiona acuerdos y/o convenios con el Banco de la Nación y las demás empresas del sistema financiero y empresas donde te depositan todos los meses.
- EsSalud gestiona, de oficio, el pago del bono de 210 soles preferentemente en la cuenta del beneficiario que informen las empresas del sistema financiero.
- EsSalud aprueba las disposiciones complementarias necesarias para implementar operativamente el pago del bono de 210 soles extraordinario.
¿Cómo saber si yo estoy en planilla? Consultar con DNI
Para verificar si estás en planilla, debes tener a la mano tu Documento Nacional de Identidad (DNI), según informa la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
- Ingresar al LINK de Verifica tu chamba
- Completar tus datos personales : Tipo de documento, n.° de documento, correo y celular.
- Identificación de la empresa: RUC, colocar ubicación del centro laboral y registrar fecha de ingreso a laborar.