¿Habrá manera de controlarlo? La congresista María del Carmen Alva presentó el proyecto de Ley 5889/2023-CR, que busca prohibir que los teletrabajadores realicen tareas domésticas o particulares durante su jornada laboral.
“Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, de darse el caso se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicable las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo”, se lee en el documento.
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Asimismo, la parlamentaria indicó que también busca regular el teletrabajo. Por ello, propone que si el teletrabajador decide cambiar su lugar de teletrabajo, debe comunicarlo con cinco días de anticipación a su empleador.
Si “producto de la evaluación, el lugar no reúna las condiciones, el empleador no aceptará el cambio del lugar de teletrabajo, debiendo el teletrabajador retornar al lugar inicial”, agrega el proyecto.
Finalmente, en el artículo 23.6 se incluya entre las condiciones de teletrabajo que deben pactar empleador y teletrabajador, “los descansos para la realización de pausas activas durante la jornada de trabajo”.