La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema estableció que será la Corte Penal Nacional el organo jurisdiccional encargado de tomar el caso de las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado ocurridas el 14 de noviembre de 2020, durante el gobierno de facto de Manuel Merino. Así lo dispuso la resolución leída esta mañana por el juez supremo titular César San Martín.
El tribunal supremo que preside San Martín declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía de la Nación para que sea la Corte Penal Nacional y no la Corte de Lima la que se encargue del caso.
Cabe resaltar que, desde hace un año, el caso se encontraba paralizado, ya que, ante un pedido de entrega de copias gratuitas del expediente, tanto un juez como una Sala de Apelaciones de la Corte Penal Nacional se declararon incompetentes para llevarlo a cabo y solicitaron que sea derivado a la Corte Superior de Justicia de Lima.
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De acuerdo con la tesis del Ministerio Público, 11 oficiales de la Policía Nacional habrían cometido los presuntos delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves durante violenta represión policial dejó 78 personas heridas.
La organización de derechos humanos, Amnistía Internacional (AI), reiteró su pedido al Ministerio Público y al Poder Judicial de realizar todos los esfuerzos posibles para que no quede impune el asesinato de los jóvenes Inti Sotelo y Bryan Pintado, ni los heridos víctimas de la represión policial.
Sala Penal Permanente de la Corte Suprema establece que el conocimiento y competencia sobre los hechos investigados en las muertes de #IntiSotelo y #BryanPintado corresponden a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y no a la Corte de Lima. (1/2) pic.twitter.com/2pVflY2nCB
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) November 29, 2022
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