El juez supremo Ricardo Brousset Salas manifiesto que la persona o personas que ofenden, ultrajan o menosprecian de manera pública los símbolos patrios así como la memoria de los héroes o próceres de la patria serán condenados a una pena máxima de cuatro años de prisión y al pago de 60 a 180 días de multa.
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Asimismo, aclaró que para que se configure el delito se debe constatar que hubo una intención de menosprecio, ofensa o vilipendio, además, que ese acto se realizó de manera pública, con la presencia de varias personas, o se difundió en los medios de comunicación.
El magistrado añadió también que la ley contempla como delito de ofensa a los símbolos patrios la publicación distorsionada del mapa del país o con las fronteras alteradas. “Este hecho de menosprecio al mapa o con el objetivo de generar conflictos con otro país vecino es considerado delito de ofensa o ultraje a los símbolos patrios”, expresó.
De acuerdo al juez, también es delito arrojar, quemar o pisar la bandera, así como también distorsionar el himno nacional introduciendo frases ofensivas.