Con solo acreditar ante el juez el pago de la deuda alimentaria y la reparación, los condenados por no pagar alimentos podrán dejar la prisión y beneficiarse con un arresto domiciliario, dijo hoy el viceministro de Justicia, Alex Rueda.
Según explicó, el Decreto Legislativo 1459 busca optimizar el procedimiento de conversión de penas para los condenados por la omisión de la asistencia familiar.
Optimiza, precisó, porque ya no se seguirá un procedimiento que implica mucha documentación que se debe gestionar ante el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para luego enviar al Poder Judicial.
«Ya no habrá audiencia, solo acreditar ante el juez el pago de la deuda alimentaria y la reparación civil», indicó Rueda.
El decreto, detalló el viceministro, aplica a todas las solicitudes que se presenten desde hoy y las que se encuentran en trámite, y podría favorecer a más de 1,200 reos por deudas, siempre que las cancelen y paguen la reparación.
Rueda remarcó que se trata de una medida valiosa porque contribuye a mitigar el hacinamiento en las cárceles, no afecta el derecho de los hijos y permite mejorar estrategia sanitaria en las cárceles ante el coronavirus.
Aclaró, no obstante, que si luego de dejar la cárcel no pagan alimentos por los siguientes dos meses, la medida les puede ser revocada.