¡Atención! Si no pagas las multas covid, en los 5 días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás recibir subsidios o apoyos económicos del Estado.
Al inicio del estado de emergencia, el Gobierno estableció algunas medidas para combatir la COVID-19, como toques de queda, uso obligatorio de mascarilla, cuarentenas, etc.
Se estableció que si algún ciudadano incumplía estas normas recibiría una una sanción económica aplicada por un integrante de la Policía Nacional del Perú (PNP). Esta multa puede ir desde los S/ 88.00 hasta los S/ 440.00, según el Decreto Legislativo Nº 1458, sin afectar otras sanciones que puedan derivar de la falta que cometas.
Además de una sanción monetaria, el infractor debía pagar las multas o recibiría mas sanciones. Por ejemplo:
Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación (BN) en los 5 días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado. Tampoco podrás recibir beneficios de ninguno de los programas estatales de apoyo económico, alimentario y sanitario, como indica el según el Decreto Supremo 008-2021-PCM.
Solo si puedes probar una causa justificada, la institución a la que te dirijas podrá atender tu solicitud mediante una decisión motivada.
Infracciones
Estos son los motivos por los que podrías ser sancionado y sus respectivas multas:
- Circular por la calle sin pase laboral, si corresponde. Multa: S/ 264.00
- Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. S/ 352.00
- Desobedecer la disposición de una persona por familia para adquirir víveres o productos farmacéuticos. Multa: S/ 220.00
- No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/ 88.00
- Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Mininter y el Mindef. Multa: S/ 352.00
- Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria. S/ 440.00
- Transitar la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas). Multa: S/ 396.00
- Desarrollar actividades económicas no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Revisa las que sí tienes permitidas. Multa: S/ 308.00
- Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva/no masiva en la vía pública. Multa: S/ 396.00
- No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). Multa: S/ 440.00
Ten presente que si, al ser intervenido, te comprometes a saldar totalmente la infracción dentro de los dos días hábiles posteriores, tu multa se reducirá en un 25%, según lo dispuesto por el Decreto Supremo 006-2020-IN. Además, estás en el derecho de apelar esta medida, según los procedimientos que se describen en esta misma norma.
Apelar multa por incumplir medidas del estado de emergencia
Si fuiste multado por desobedecer alguna norma que regula el estado de emergencia por coronavirus y no estás de acuerdo con la sanción, puedes apelar la medida hasta 5 días hábiles posteriores al día siguiente de su imposición, según el reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2020-IN.
Ten en cuenta que la apelación debe ser presentada por escrito en la región, macro región o frente policial donde te multaron. El resultado quedará en manos del respectivo jefe de división territorial.
Antes de realizar el trámite, debes saber:
Al iniciar la apelación, queda suspendida la obligación de pago de la multa. La autoridad a cargo tiene prohibido aplicarte una sanción más grave por cuestionar la medida.
Requisitos
Solicitud escrita conocida como recurso de apelación. Hazlo en 4 pasos:
- Redacta tu recurso de apelación
Prepara esta solicitud escrita incluyendo la siguiente información:
- Nombres, apellidos completos y número de DNI o Carné de Extranjería.
- Dirección del domicilio o del lugar donde deseas ser notificado, si resides en otra zona del país o en el extranjero.
- Correo electrónico válido para remitir las notificaciones.
- Región policial en la que fuiste multado, y los nombres y apellidos de su jefe de división territorial.
- Descripción detallada de lo ocurrido, la sanción que estás apelando y, de ser posible, las normas que apoyan tu pedido.
- Lugar y fecha de la apelación.
- Firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido.
2. Redacta tu recurso de apelación
- Acércate a la región policial correspondiente
- Entrega tu recurso de apelación en la mesa de partes de la región, macro región o frente policial que corresponda.
3. Espera la respuesta
- Mantente atento a la resolución de tu caso. La región, macro región o frente policial tiene hasta 3 días hábiles para confirmar, revocar o declarar la nulidad de la multa apelada. Ellos se comunicarán contigo o enviarán la notificación a la dirección o correo electrónico que señalaste en tu recurso de apelación. Si estás de acuerdo con el resultado, aquí termina tu trámite por la vía administrativa.
- Ten presente que, solo durante este lapso de espera, puedes solicitar además el uso de la palabra ante la autoridad sancionadora.
4. Si no estas de acuerdo, acude a la vía judicial
- Puedes escalar tu reclamo a instancias judiciales solo si consideras que la respuesta no es correcta y con la asesoría de un(a) abogado(a).