La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima emitió un fallo relevante hoy, declarando nulo el procedimiento del Congreso para remover a los siete magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). La resolución surge como respuesta al recurso de amparo interpuesto por la JNJ contra el Congreso de la República, argumentando violaciones al debido proceso y a principios constitucionales fundamentales.
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Proceso de remoción cuestionado
La Comisión de Justicia del Congreso se encontraba llevando a cabo un proceso de remoción contra los magistrados de la JNJ, un órgano constitucionalmente autónomo. Según el fallo, la Comisión «afectó el principio constitucional de tipicidad o taxatividad, los derechos constitucionales a la defensa y al procedimiento predeterminado, y con ello al debido proceso en sede parlamentaria, así como el principio constitucional de independencia de los demandantes».
Argumentos del Poder Judicial
Distinción de mecanismos de tutela constitucional
La Tercera Sala Constitucional destacó que es aceptable distinguir los casos en los que se puede recurrir a los mecanismos de tutela constitucional, especialmente cuando un acto parlamentario produce efectos externos que afectan directamente los derechos fundamentales. Sin embargo, resaltó que el Congreso tiene la facultad constitucional de investigar y, en caso necesario, remover a los miembros de la JNJ por causa grave.
Naturaleza de la causa grave
El fallo señala que la «causa grave» para la remoción de los magistrados no está debidamente definida en la Constitución, la Ley Orgánica de la JNJ u otras disposiciones legales. Esto llevó a la afectación del principio constitucional de tipicidad o taxatividad, ya que se imputaron cargos que no estaban tipificados en ninguna normativa como «causa grave».
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Procedimiento predeterminado y derecho a la defensa
El Poder Judicial argumenta que la Comisión de Justicia carecía de un procedimiento predeterminado, lo cual es esencial, especialmente cuando se trata de sanciones graves como la remoción de los magistrados. Se destaca que las reglas del procedimiento deben estar claramente establecidas para garantizar el ejercicio del derecho a la defensa tanto para los investigados como para los miembros de la Comisión.
Exhorto al Congreso
Adicionalmente, la Tercera Sala Constitucional exhortó al Congreso a legislar sobre la tipificación de las conductas de los miembros de la JNJ que constituirían causa grave. Esta recomendación busca evitar futuros conflictos legales y garantizar un marco normativo claro para la actuación del Congreso en casos de remoción de los magistrados de la JNJ.