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¿Qué hacer si no dejaron un testamento a tu nombre pese a ser el heredero legal?
junio 21, 2022
Autor: Anabelen Rivera

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Hay una solución para aquellas personas que son herederos legales pero cuyo nombre no aparece en el testamento, la sucesión intestada.

Ante la ausencia o la invalidez de un testamento, las personas con vocación hereditaria respecto a la persona fallecida pueden tramitar una sucesión intestada e inscribirla en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) para acceder a la herencia.

La Sunarp informó que, de enero a mayo del presente año registró 66 884 sucesiones intestadas. Lima (27 265), Arequipa (5306) y La Libertad (4605) son las tres regiones donde más declaratoria de herederos fueron inscritas mediante esta modalidad.

Se precisó que esposos, convivientes, hijos o padres solicitan la sucesión intestada en las oficinas registrales y haciendo uso del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp), con la presentación electrónica de documentos con la firma digital de un notario.

Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad del interesado, el parte notarial podrá ser presentado y tramitado por una persona distinta al notario.

Sin embargo, en este caso el notario, al expedir el parte, consignará el nombre completo y número de DNI de la persona que se encargará de la tramitación, además de incorporar sus datos en el Módulo Sistema Notario.


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Pasos para solicitar una suceción intestada

Acudir a la notaría o al juez con la siguiente documentación:

  • Solicitud de sucesión intestada, la cual debe llevar la firma de todos quienes desean ser considerados herederos y estar autorizada por un abogado.
  • Partida de defunción del titular o propietario de los bienes.
  • Documentos para acreditar vínculo: partida de matrimonio o certificado de unión de hecho y las partidas de nacimiento de los hijos.
  • Certificado negativo de sucesión intestada expedida por la Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o trámite en curso sobre una sucesión).
  • Certificado negativo de testamento emitido por Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o trámite en curso de un testamento).
  • Los solicitantes deben presentar DNI y pasar el control biométrico.

Trámite

      • El notario o el juez, en el transcurso del proceso de declaratoria de herederos, deberá solicitar la publicación del trámite de sucesión intestada en el diario oficial El Peruano u otro de circulación nacional para que las personas que también se consideren con derecho a heredar puedan manifestar su deseo de ser incluidos en la sucesión.
      • Una vez emitida el acta notarial o judicial, que declara a los herederos.
      • Se deberá inscribir la sucesión intestada en el registro correspondiente de la Sunarp. Para ello, se debe presentar el formato de solicitud de inscripción y el acta notarial o judicial de sucesión intestada.
      • La tasa registral por la calificación de inscripción de la sucesión intestada es de S/22.
      • El plazo para la inscripción de la sucesión intestada es de 48 horas.

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Anabelen Rivera
Reportera con afinidad para los medios digitales y redes sociales. Me interesan las investigaciones periodísticas sobre problemáticas sociales en el norte del Perú.
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