El pasado 25 de Mayo de 2022 la autógrafa de la ley Nº904 que atenta contra el enfoque de género y la Educación Sexual Integral (ESI) fue presentada.
Para poder observar dicha ley el jefe de estado dispone de un total de 15 días hábiles, según indica el artículo 108º de la constitución. Realizando un cálculo rápido se puede observar que hoy se cumple el plazo para que el presidente Pedro Castillo observe dicho proyecto.
La ley Nº904 propuesta tiene como objetivo la educación sexual a los jóvenes. Niños, niñas y adolescentes a los cuales se les ayuda en la introducción de temas sexuales tales como la prevención de embarazos adolescentes no deseados, la contratación de servicios sexuales a través de portales como Photokines o Simple Escorts, o la transmisión de enfermedades de transmisión sexual (ETS) así como la importancia de utilizar métodos de protección.
Si no se realizan observaciones sobre esta ley podrá ser promulgada por la presidenta del Congreso o la presidenta de la Comisión Permanente. El artículo 80º del Reglamento del congreso específica “Si vencido el término de quince días, el Presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el Presidente del Congreso”
Si por otro lado el jefe de estado decidiese observar la autógrafa de ley esta tendría que volver al Congreso para someterse de nuevo a una votación pudiéndose, en ese caso, incorporar las observaciones del Ejecutivo y así poder ser aprobada o rechazada con 66 votos o más. Sin embargo, la ley también podría aprobarse por insistencia sin considerar las observaciones indicadas.
Ley 904 en detalle
Según este proyecto de ley, los padres de familia, representados en organizaciones registradas en Registros Públicos u oficialmente reconocidas por los órganos de gobierno del Ministerio de Educación (MINEDU), son los que dirigirán el camino, pues sin su opinión, ningún texto o material educativo podrá ser usado y su alcance no solo implica autorizar, sino proponer alternativas, así como elaborar sus propios materiales y textos y si no son atendidos en su medida, pueden también sancionar, suspender y llevar a los tribunales a los profesores desobedientes.
Es el MINEDU quien está obligado a atender sus demandas tal como las asociaciones y/o “representantes” lo señalen. Dicha medida incluye la posibilidad de que estos deleguen a organizaciones “especializadas” que consideren y es aquí, donde intervienen las organizaciones “ConMisHijosNoTeMetas”, “PadresEnAcción” y seguramente otras que surgirán en el camino para conducir dicho material.
En los próximos días veremos dónde nos llevará esta ley en protección de nuestros jóvenes y adolescentes en términos de educación sexual.
[Contenido Patrocinado]
Síguenos en nuestras redes sociales:
- Facebook: Diario El Tiempo
- Twitter: @eltiempopiura
- Instagram: @eltiempopiura
- YouTube: Diario El Tiempo
- TikTok: @eltiempopiura