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Poder Judicial ordena reponer a Inés Tello y Aldo Vásquez en la Junta Nacional de Justicia
marzo 23, 2024
Autor: Deris Periche Eca

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La Primera Sala Superior Constitucional de Lima declaró fundada la solicitud de medida cautelar presentada por Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello de Ñecco; en consecuencia, dispusieron la suspensión provisional de la sanción de inhabilitación en el cargo público por 10 años, que les impuso el Congreso de la República, el 8 de marzo de 2024.

Tras la votación, se ordenó la reposición inmediata de Aldo Vásquez Ríos y Luz Inés Tello en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, hasta se emita resolución definitiva en última instancia en el proceso de Amparo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Los magistrados que firman la resolución judicial argumentan que «la decisión del Pleno del Congreso de la República de inhabilitar a Luz Inés Tello de Ñecco y Aldo Alejandro Vásquez Ríos se sustenta en la discrepancia respecto del criterio interpretativo asumido por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia sobre el límite de edad para ejercer el cargo de miembro de dicho órgano constitucional».

Por lo cual, consideran que la inhabilitación impuesta afectaría, «en primer lugar, el principio de legalidad (…), toda vez que la conducta imputada a los mencionados funcionarios no se encuentra previamente tipificada en la Norma Fundamental (la Constitución Política del Estado) ni en el Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República, pues en ambos textos normativos solo se señala, en forma general, que los altos 34 funcionarios del Estado pueden ser acusados y sancionados por infracción constitucional y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones».

«Así, la falta de tipificación de la conducta que genera responsabilidad política por infracción constitucional de los peticionantes habría motivado que el Congreso de la República actúe de manera arbitraria e inconstitucional, toda vez que dicha omisión ha sido utilizada por el Parlamento como justificación para subsumir en el término «infracción constitucional» cualquier tipo de conducta pasible de sanción de acuerdo a la coyuntura política y a su conveniencia», señalan los jueces.

Agrega que la sanción impuesta a Inés Tello y Aldo Vásquez afectaría la independencia y autonomía en el ejercicio de sus funciones como miembros de la Junta Nacional de Justicia, al imponerseles una inhabilitación por una discrepancia de criterio al resolver una materia relacionada con el autogobierno de la Junta Nacional de Justicia. Ahora, Inés Tello y Aldo Vásquez puede reintegrarse de inmediato a la Junta Nacional de Justicia, hasta que se resuelva la acción de Amparo y se emita sentencia definitiva.

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Deris Periche Eca
Periodista egresada de la Universidad de Piura, enfocada en temas sociales y comprometida a informar con la verdad.
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